RADICADO PROYECTO DE LEY QUE BUSCA PENALIZAR LA VENTA DE LICOR Y CIGARRILLO A MENORES DE EDAD
El Vicepresidente de la comisión primera de la Cámara JuanCordoba Suarez, radico el proyecto de ley 080 de 2008 Cámara. El proyecto busca una medida eficaz para frenar los índices de alcoholismo y tabaquismo en los menores de edad, y penalizar hasta con 3 años de cárcel y multa de hasta 200 salarios mínimos a aquellos que suministren o vendan bebidas alcohólicas y tabaco a los niños.
Aunque la legislación colombiana ha previsto la prohibición de venta de licor a menores de edad, la realidad es que se ha quedado corta, vemos que la ley 30 de 1986 incluía dentro de su articulo 14 la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas y cigarrillos o tabacos a menores de 14 años, lo cual dejaba un amplio margen para que la franja de menores entre 14 y 18 años pudieran consumir libremente estos productos tan nefastos para la juventud. Posteriormente la ley 124 de 1994 deroga ese articulo logrando un avance, pues llega a prohibir el expendio de bebidas embriagantes a todos los menores de edad y adicionalmente previendo una sanción a la persona mayor que facilite las bebidas embriagantes o su adquisición a un menor, pero dicha sanción quedo de conformidad con las normas establecidas para los expendedores en los Códigos Nacional o Departamental de Policía, lo cual ha sido insuficiente para frenar el consumo de licor entre los jóvenes.
Es bien importante que los congresistas y senadores apoyen este tipo de iniciativas para que se adelante un verdaero trabajo de recuperación de la la juventus que se encuentra sumida en el consumo de alcohol y cigarrillo.
Aunque la legislación colombiana ha previsto la prohibición de venta de licor a menores de edad, la realidad es que se ha quedado corta, vemos que la ley 30 de 1986 incluía dentro de su articulo 14 la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas y cigarrillos o tabacos a menores de 14 años, lo cual dejaba un amplio margen para que la franja de menores entre 14 y 18 años pudieran consumir libremente estos productos tan nefastos para la juventud. Posteriormente la ley 124 de 1994 deroga ese articulo logrando un avance, pues llega a prohibir el expendio de bebidas embriagantes a todos los menores de edad y adicionalmente previendo una sanción a la persona mayor que facilite las bebidas embriagantes o su adquisición a un menor, pero dicha sanción quedo de conformidad con las normas establecidas para los expendedores en los Códigos Nacional o Departamental de Policía, lo cual ha sido insuficiente para frenar el consumo de licor entre los jóvenes.
Es bien importante que los congresistas y senadores apoyen este tipo de iniciativas para que se adelante un verdaero trabajo de recuperación de la la juventus que se encuentra sumida en el consumo de alcohol y cigarrillo.


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